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Fracción L

Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.

 

Artículo 95 ° Fracción I Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

 

Descripcion: Se entiende por temas de interés público o trascendencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, fracción XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, aquella información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados. Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a los indicadores que valoren los resultados del sujeto obligado en su conjunto, de acuerdo con su misión, objetivos y/o atribuciones previstas en las disposiciones que los regulen.

 

Periodo de actualización: trimestral.

Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores.

Aplica a: Todos los sujetos obligados.

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Indicadores de interés público.

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