Fracción XIX
Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
Artículo 95 ° Fracción I Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
Descripcion: En cumplimiento de la presente fracción todos los sujetos obligados publicarán un listado con información relativa a las recomendaciones que le han sido emitidas por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), los organismos estatales de protección de los derechos humanos y los internacionales en la materia, independientemente de que se hayan aceptado o rechazado, así como la información relativa al seguimiento de las mismas.
Periodo de actualización: trimestral.
Conservar en el sitio de Internet: la información generada en el ejercicio en curso a partir de la notificación de la recomendación y/o sentencia. Una vez concluido el seguimiento de la recomendación y/o sentencia, conservar la información durante dos ejercicios.
Aplica a: Todos los sujetos obligados. Para el caso de la información emitida por órganos internacionales en materia de derechos humanos, aplicará a los sujetos obligados involucrados y que posean información al respecto.
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A - Recomendaciones de organismos garantes de derechos humanos.
B - Casos especiales de organismos garantes de derechos humanos.
C - Recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos
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